PRIMERO. Se modifica el resolutivo sexto del dictamen número I/2006/431, de fecha 12 de diciembre de 2006, mediante el cual se aprueba la modificación y cambio de nombre del programa académico de Doctorado en Ciencias en Biología Molecular en Medicina, con opción a Maestría, ajustando el número mínimo y máximo de alumnos, a partir del ciclo escolar 2011”A”, para quedar como sigue: “SEXTO. La Junta Académica propondrá al Rector del Centro el número mínimo y máximo de alumnos por promoción y la periodicidad de las mismas, con fundamento en los criterios académicos y de calidad.” SEGUNDO. Se modifica el resolutivo octavo del dictamen número I/2006/431, de fecha 12 de diciembre de 2006, mediante el cual se aprueba la modificación y cambio de nombre del programa académico de Doctorado en Ciencias en Biología Molecular en Medicina, con opción a Maestría, que consiste en eliminar el inciso II, relativo a los requisitos de permanencia en el programa, a partir del ciclo escolar 2010”A”, para quedar como sigue: “OCTAVO. Los requisitos de permanencia en el programa de Doctorado en Ciencias en Biología Molecular en Medicina con nivel de Maestría son los siguientes: I. Aprobar con una calificación mínima de 60 las unidades de enseñanza; II. Contar con un promedio mínimo de 80 en cada ciclo académico; III. Una unidad de enseñanza reprobada causa baja automática; podrán solicitar un examen de recuperación de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 del capítulo III del Reglamento General de Posgrado de la Universidad de Guadalajara.”