por el cual se propone: PRIMERO. El C. (...) alumno de la Licenciatura Médico Cirujano y Partero impartida por el Centro Universitario de Ciencias de la Salud de la Universidad de Guadalajara, es responsable de las infracciones previstas en las fracciones (...) del artículo 90 de la Ley Orgánica, en virtud de las consideraciones vertidas en el presente dictamen. SEGUNDO. Se sanciona al C. (...) con (...), de conformidad con el artículo 91 fracción III de la Ley Orgánica. TERCERO. Se instruye a las autoridades del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, le restituyan sus derechos como alumno al C. (...), asimismo, se les exhorta sujetarse a lo establecido en la Circular de fecha 22 de octubre de 2012, emitida por el Mtro. José Alfredo Peña Ramos, como Secretario de Actas y Acuerdos de esta Comisión, relacionada con el procedimiento de responsabilidad administrativa establecido en la Ley Orgánica y Estatuto General de esta Casa de Estudios.